Partiendo de las características de una de las escuelas de derecho argentino, se le asigna al Derecho de Daños una dimensión y trascendencia de tal entidad, que lo distingue del abordaje de...

DAÑOS COLECTIVOS, LOS
Partiendo de las características de una de las escuelas de derecho argentino, se le asigna al Derecho de Daños una dimensión y trascendencia de tal entidad, que lo distingue del abordaje de la responsabilidad civil, dentro de un criterio interdisciplinario y s...
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Partiendo de las características de una de las escuelas de derecho argentino, se le asigna al Derecho de Daños una dimensión y trascendencia de tal entidad, que lo distingue del abordaje de la responsabilidad civil, dentro de un criterio interdisciplinario y sistémico, que se evidencia en los supuestos particulares de daños colectivos y en el rol que se le asigna al Estado y al funcionamiento de los sistemas colectivos de garantía. Se analizan los problemas de los daños producidos por encuentros futbolísticos, daños ambientales, los problemas del riesgo de desarrollo en materia de productos, los daños ocasionados por las huelgas y por los actos terroristas.
GARRIDO CORDOBERA, Lidia
Pontificia Universidad Javeriana
9789587162448
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2009
1ª ed. 2009
350
17 X 24
El Bibliotecólogo
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