En Colombia el Constituyente de 1991, en el artículo 347, derogó el principio de equilibrio presupuestal contenido en la anterior Constitución Política. Hoy, es posible la presentación de pr...

El presupuesto en Colombia. ¿Título jurídico que habilita el recaudo? ¿Equilibrio o desequilibrio? Una reflexión desde el derecho y la economía
En Colombia el Constituyente de 1991, en el artículo 347, derogó el principio de equilibrio presupuestal contenido en la anterior Constitución Política. Hoy, es posible la presentación de presupuestos desequilibrados siempre que se acompañen de proyectos de re...
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En Colombia el Constituyente de 1991, en el artículo 347, derogó el principio de equilibrio presupuestal contenido en la anterior Constitución Política. Hoy, es posible la presentación de presupuestos desequilibrados siempre que se acompañen de proyectos de recursos adicionales. La Corte Constitucional se ha mostrado seguidora de la idea del desequilibrio presupuestal, entendiéndola como enmendadura de la separación que en nuestro medio venía presentándose entre la consagración constitucional del equilibrio y la realidad. En busca de articular el desequilibrio, esta Corporación se ha valido de diferentes argumentos, y en donde la Corte, además de reducirse a la comprensión jurídica de los mismos, muchas veces no logra una estructuración lógica de éstos. Quizá lo primero sea la causa de lo segundo.
Andrés Cárdenas Muñoz
U. Externado de Colombia
9789587103342
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